| Inicio | Sala de prensa |
Documentos |
Las preguntas más preguntadas
En su condición de custodio de fondos públicos, el PNUD, tiene responsabilidades directas para con los gobiernos miembros e indirectas para con sus parlamentos y contribuyentes y para con el público de los países donantes y los países en que se ejecuta un programa. El acceso público a la información y la documentación es un componente clave de una participación eficaz en los programas de desarrollo ¿Qué información se encuentra disponible? Existe una presunción a favor de la divulgación al público de toda la información y documentación generada o mantenida en poder del PNUD. El PNUD desarrolla actividades en todo el mundo en las áreas de gobernanza democrática, reducción de la pobreza, los Objetivos de Desarrollo del Milenio, medio ambiente y energía, prevención y recuperación de crisis, y lucha contra el VIH/SIDA, y ha reunido un valioso caudal de conocimiento e información sobre estos temas, al que pueden acceder los gobiernos, académicos y periodistas, y el público en general. Salvo contadas excepciones, en el PNUD se puede obtener información sobre los proyectos, programas y políticas en curso, así como documentación sobre lo que se está planeando. Existe una relación simbólica entre, por un lado, el intercambio de información y la participación pública en las actividades de desarrollo apoyadas por el PNUD y, por el otro, la eficacia, calidad y sostenibilidad de dichos esfuerzos. Tener información precisa y puntual es esencial para lograr una participación fundamentada, tanto de los ciudadanos como de las organizaciones de la sociedad civil. La información que se encuentra en poder del PNUD es también un recurso invaluable para los investigadores, académicos, profesionales del desarrollo y periodistas. El sitio Web del PNUD y los diferentes sitios Web de las Oficinas de País del PNUD cuentan con una enorme cantidad de información gratis generada por el PNUD. En caso de que la información no se encuentre disponible en los sitios Web del PNUD, el público puede comunicarse con la oficina del Representante Residente en el país, la Dirección Regional correspondiente o la Dirección pertinente de la Sede del PNUD, o podrá acceder a la información a través de otras fuentes tales como, por ejemplo, bibliotecas depositarias, librerías de las Naciones Unidas y otros organismos de las Naciones Unidas, dependiendo de la naturaleza de la información deseada. El Representante Residente de las Oficinas de País, los Jefes de las Direcciones de la Sede y los Coordinadores Ejecutivos de los Fondos y Programas asociados del PNUD serán responsables de asegurar que se atiendan debidamente las solicitudes de información del público. La información que está disponible en los sitios Web del PNUD es gratis. La mayoría de las publicaciones del PNUD están disponibles de forma gratuita. En caso de que el PNUD incurra en gastos para poder brindar la información solicitada (por ejemplo por fotocopiar un conjunto extenso de documentos) es posible que se solicite el pago de dichos costos. En tal caso, se avisará con antelación. ¿Qué documentos se consideran confidenciales? La relación de confianza entre el PNUD y los gobiernos de los países en que se ejecuta un programa se funda en la capacidad de mantener la confidencialidad de ciertos tipos de información. Existen también razones prácticas por las cuales el acceso a documentos de propiedad del gobierno no puede ser ilimitado. Así pues, es posible que se restrinja el acceso a ciertos documentos durante ciertas etapas del proceso preparatorio. Las categorías de información siguientes se consideran confidenciales: (a) Información recibida de terceros o enviada a terceros con carácter de confidencialidad; (b) Información cuya divulgación puede poner en peligro la integridad o seguridad de alguna persona, violar sus derechos o invadir su privacidad; (c) Información cuya divulgación pueda poner en peligro la seguridad de los Estados Miembros o lesionar la seguridad o el desarrollo apropiado de alguna operación o actividad del PNUD; (d) Información cubierta por privilegios jurídicos o relativa al acceso a informes de auditoría interna, tal como se establece en el documento DP/2008/16 presentado a la Junta Ejecutiva; (e) Documentos internos entre oficinas o dentro de la misma oficina, incluyendo los mensajes de correo electrónico y los borradores de documentos; (f) Información comercial cuya divulgación podría lesionar los intereses financieros del PNUD o de otras partes involucradas; y (g) Información cuya divulgación podría en opinión del PNUD socavar gravemente el diálogo sobre políticas con los Estados Miembros o los asociados en la ejecución. ¿Qué puedo hacer si se me niega información? Si se han agotado todos los recursos enumerados en el párrafo 7 de la Política y el solicitante no ha obtenido la información deseada, o si se ha denegado la información por motivos que parezcan no ser congruentes con la presente Política, el solicitante podrá dirigirse por escrito a la Oficina de Apoyo Jurídico para que se reconsidere su caso: Director, Oficina de Apoyo Jurídico El solicitante tendrá derecho a una respuesta de la Oficina de Apoyo Jurídico dentro de los 45 días naturales siguientes a la recepción de la solicitud. En caso de que el solicitante no quede satisfecho con la respuesta y se mantenga en forma total o parcial la respuesta negativa a la solicitud de un documento, el solicitante podrá pedir una revisión de dicha decisión al Grupo de Supervisión de la Divulgación de Información, proporcionando los motivos de la apelación. Los pedidos de apelación deberán dirigirse a: Secretaría, Grupo de Supervisión de la Divulgación de Información Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ¿Esto quiere decir que no tengo privacidad en mis tratos con el PNUD? El Grupo deberá revisar las solicitudes de divulgación de parte o la totalidad de un documento que se hayan denegado a una persona del público en general y dictar una decisión final generalmente dentro de los 45 días naturales siguientes a la recepción de la apelación y, a lo sumo, a los 60 días naturales. En caso de que el Grupo no llegue a un acuerdo, formulará recomendaciones al Administrador del PNUD acerca de los resultados que serían más congruentes con la aplicación de la Política. El Administrador será la persona competente para tomar la decisión final, teniendo en cuenta las recomendaciones del Grupo. |
|
|
Preguntas frecuentes · Contáctenos · Derechos de autor y términos de uso· Línea directa de investigación · Política sobre divulgación de información· Empleo |