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Concesión De Aprovechamiento De Aguas Y Concesión De Servicios Publicos De Agua Potable Y Alcantarillado En Las Ciudades De La Paz Y El Alto Y Sus AlrededoresLuis Guillermo Uzín Fernández 1. PresentaciónLa presente concesión de aprovechamiento de aguas y del servicio público de agua potable y alcantarillado es un modo de participación privada, que se definió con las siguientes reglas: la administración, la prestación del servicio y las inversiones nuevas quedan a cargo y riesgo del Concesionario; los activos fijos iniciales quedan en propiedad pública y el Concesionario paga alquiler por el uso de ellos; los activos fijos nuevos pertenecen al Concesionario; al terminar la concesión, el Concesionario transferirá los activos fijos contra el pago del valor de los activos netos, o el 85% del valor de los activos fijos netos en caso de caducidad. La concesión se inició el 1º de agosto de 1997, por un período de 30 años, y comprende las ciudades adyacentes de la Paz y El Alto y sus alrededores, en la República de Bolivia. 2. AntecedentesAntecedentes a nivel país Entre 1982 y 1985, se presentó en Bolivia la mayor inflación de su historia, para hacer frente a ella, se proclamó, en 1985, la ley de estabilización monetaria que logró estabilizar la economía. Recién en 1992 se inició un proceso de modernización de la economía mediante la ley de privatización, modelo en el cual el 100% del capital es privado, con ello, cerca a un centenar de empresas públicas fueron privatizadas. En 1994 se proclamó la ley de capitalización, modelo boliviano en el cual el 50% de las acciones pertenecen a los bolivianos y el otro 50% corresponden al privado. Esta ley indicaba que los bolivianos gozarán de su participación en las empresas capitalizadas mediante libretas de ahorro que se repartirán a los mayores de veintiún años al 31 de diciembre de 1995 y, el pago anual del llamado Bolivida a los mayores de sesenta años. Es así que los servicios públicos denominados estratégicos fueron capitalizados. Con estas leyes se logra la modernización del estado, que transforma un Estado normativo y prestador tradicional, en un Estado normativo dejando la actividad de prestador de bienes y servicios al privado. Para evitar los abusos del monopolio de los prestadores de bienes y servicios, que son la escasez o mal servicio y los sobreprecios por su prestación, en 1994 se proclamó la ley del sistema de regulación sectorial, SIRESE, que establece reguladores independientes para controlar a los prestadores privados monopólicos. El SIRESE está compuesto por la Superintendencia General, que es coordinadora del sistema, fiscalizadora de las actividades de las superintendencias y la instancia para procesar recursos jerárquicos que se presenten contra las Resoluciones de las Superintendencias Sectoriales. Los Sectores comprendidos en el SIRESE son cinco: Transportes, Electricidad, Telecomunicaciones, Hidrocarburos y Aguas. La misión de las Superintendencias es defender los intereses de los usuarios, los de las empresas y los del Estado, colocándose en el centro de equilibrio de estos intereses. Las atribuciones de las Superintendencias que les permiten cumplir con su objetivo y su misión son las de administrar las concesiones de los servicios, luego, regular los contratos de concesión y finalmente, aprobar tarifas. El principio básico de las Superintendencias es de cumplir y hacer cumplir las leyes y normas reguladoras y sectoriales. En el sector de servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario el Estado normativo es el Ministerio de Vivienda y Servicios Básicos. Los prestadores de servicios pueden ser empresas municipales, cooperativas y empresas públicas. Y, como regulador independiente se establece la Superintendencia de Aguas. Antecedentes a nivel del servicio El anterior encargado de los servicios para las ciudades de La Paz y El Alto fue el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, SAMAPA, como empresa autónoma municipal sirviendo a dos municipios. A la fecha de inicio, el 1º de agosto de 1997, La Paz, sede de los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, tenía alrededor de 778 mil habitantes y El Alto, una de las ciudades más populosas y pobres del país, unos 579,5 mil habitantes, resultando un total de 1.357,5 mil habitantes. La cobertura de agua potable de La Paz era de 85,6% y la de El Alto de 80,1%. La cobertura de alcantarillado de La Paz era de 72,6% y la de El Alto de 36,3%. SAMAPA presentaba en el Estado de Resultados, resultados negativos, por lo tanto, no era sujeto para créditos nacionales o externos, no tenía capacidad de inversión en su plan maestro futuro y no pudo ejecutar oportunamente programas de inversión de proyectos financiados por Kreditanstalt für Wiederaufbau, Banco Interamericano de Desarrollo y, Banco Mundial. SAMAPA tenía un sistema tarifario de 150 categorías y subcategorías, con cupos básicos, cargos por consumo, cargo por exceso y, recargo de 40% por alcantarillado a todos los usuarios, aún a aquellos sin conexión de alcantarillado. Antecedentes tarifarios Para superar su débil situación financiera, SAMAPA debía establecer un nuevo sistema tarifario más rentable, y mejor si fuera más sencillo. SAMAPA lo elaboró entre junio y setiembre de 1996, se aprobó a nivel del Consejo Nacional de Tarifas, CONATA, en diciembre de 1996 y lo implantó en julio de 1997, mes anterior al inicio de la Concesión, de modo que se creó la imagen no deseada de que era la privatización la que introducía el nuevo sistema tarifario.
Cuadro Nº 2
Donde:
CID = Costo Incremental de Desarrollo, equivalente a CMgLP = Costo Marginal de Largo Plazo; Para casos de usuarios sin medidor se establecieron los cargos fijos US$ 3,70 por mes para propiedades de más de Bs. 200 mil y US$ 2,40 por mes para propiedades hasta Bs. 200.000. El valor del formulario de la factura es US$ 0,10 por mes. Para el caso de edificios multifamiliares de la categoría doméstica se adoptó la equivalencia de dos departamentos igual a una conexión. El incremento logrado en los ingresos con el nuevo sistema tarifario fue de 30%, pero con una disminución en la factura de un tercio del total de los usuarios, precisamente los de menor consumo. Como es lógico esperar hubieron reacciones contra el incremento, pero finalmente fue aceptado, quedando sólo algunas protestas que se manifiestan de tiempo en tiempo. Antecedentes del proceso En 1996 el Ministerio de Capitalización decidió realizar el proceso de participación privada en los sistemas de agua potable y alcantarillado de las ciudades de La Paz y El Alto, debido principalmente a la falta de capacidad de inversión de la empresa municipal SAMAPA. Se optó la Concesión debido a que la Ley de Municipalidades no permite transferir bienes de dominio municipal a privados. Además que, los activos nuevos se transfieren a los Municipios al concluir la Concesión. Para el proceso se contrató a Consultaras Halcrow, Melveny & Myers y Banco Paribas, y se abrió una Sala de Datos con información. El Ministerio de Capitalización conformó un equipo de contraparte consultores con experiencia en procesos de capitalización. 3. Proceso de concesiónProceso de licitación Se estableció como los objetivos de licitación que hasta el año 2001 se alcanzaría la cobertura de 10.800 conexiones adicionales de alcantarillado y 100% de conexiones de agua potable en La Paz, y 27.200 conexiones de alcantarillado y un mínimo de 37.922 conexiones de agua potable en El Alto. El parámetro de concesión fue para el proponente que ofrecía el máximo de conexiones de agua potable en El Alto. Los problemas más destacables en el proceso fueron: (1) falta de marco jurídico sectorial, (2) falta de autoridad reguladora, (3) lograr acuerdos con las municipalidades de La Paz, principalmente, y de El Alto, (4) pocas empresas interesadas. Se realizó un "roadshow" para la promoción del proyecto con visitas a empresas que pudieran interesarse, en sus sedes de Europa y América. Al final, sólo compraron pliego tres empresas. Y, el 26 de junio de 1997, Aguas del Illimani S.A., AISA, con operador Lyonnaise des Eaux, presentó la oferta máxima en conexiones de agua en El Alto con 71.752 (189,2% del mínimo). El Superintendente de Aguas fue nombrado el 30 de junio de 1997, para aprobar la licitación; se procedió a negociar y firmar el contrato el 24 de julio de 1997, y se iniciaron las operaciones el 1º de agosto de 1997. Condiciones del contrato Las principales condiciones del Contrato de Concesión son las siguientes: el operador debe mantener por lo menos 26% de acciones en 10 años; el Concesionario debe mantener capital pagado de US$ 10 millones o más; el régimen tarifario vigente debe mantenerse hasta el año 2001; es posible la revisión extraordinaria de tarifas a partir del tercer año si se presentan variaciones económicas exógenas; la revisión programada de las tarifas se producirá cada 5 años, junto con el ajuste de inversiones y metas de calidad y expansión que se presentan en los anexos de dicho contrato. Cuadro Nº 3 Cobertura mínima de agua potable y alcantarillado por áreas y por año
Entre algunas otras condiciones del contrato, tenemos:
4. Regulación del Contrato de ConcesiónManual de seguimiento del Contrato de Concesión El Contrato de Concesión establece la relación entre Superintendencia de Aguas y AISA. Se elaboró el Manual de Seguimiento del Contrato de Concesión, lo que permitió establecer los objetivos, metas y compromisos contenidos en 291 párrafos; y, se definieron plazos para cumplimientos no previstos en el contrato. Los informes principales que debe entregar el Concesionario, son los siguientes:
Programa de inversiones El nivel de inversiones no constituye un compromiso contractual, si el Concesionario puede alcanzar los objetivos y las metas del programa con menores inversiones, esto significa una importante ventaja para todos.
Cuadro Nº 4
Ejecución y avance - Setiembre de 1998 Durante los catorce (14) meses transcurridos de la Concesión, entre la fecha de inicio el 1º de agosto de 1997 y la evaluación del 30 de setiembre de 1998, se detectaron los avances que se muestran en el Cuadro Nº 5.
Cuadro Nº 5
Pese a los buenos rendimientos del Concesionario, la Superintendencia actuó con mucha estrictez y lo multó en dos oportunidades. La primera por un corte imprevisto imputado a responsabilidad de la empresa; y, el segundo por incumplimiento de parámetros de calidad del agua potable, que no afectaban al consumo. La evaluación de parámetros técnicos durante el período de evaluación se presenta en el Cuadro Nº 6.
Cuadro Nº 6
Atención al cliente Uso de los aspectos más trascendentes que introduce el Sistema de Regulación Sectorial es el sistema de atención al cliente a través de la Oficina del Consumidor, ODECO. Antes el único interés por los clientes era contra aumentos de tarifas, ahora deben considerarse otros aspectos que deben realizar los prestadores de servicios para la protección de los intereses de los clientes, como:
Dentro de este nuevo concepto, AISA desarrolla un Plan Colegios que ha permitido que 7.500 alumnos, de 60 colegios, visitaran las plantas de tratamiento de agua potable. También desarrolla un Plan Barrios que ha involucrado a 102.000 personas en campañas de educación sanitaria. 5. Lecciones y conclusionesSi bien catorce meses es un período muy corto para sacar conclusiones de largo plazo, no es menos cierto que el rendimiento en el período es satisfactorio, incluso con mejores resultados frente a lo programado, y con proyecciones de superar las metas establecidas. Esto permite vislumbrar que la ciudad de El Alto, tendrá los mejores servicios de agua potable y alcantarillado en el año 2001. La cobertura en el área de concesión tiene el mayor avance en el país, y las inversiones en el programa son mucho mayores, con plazos de ejecución menores y optimizando los costos con soluciones apropiadas frente a la alternativa sin participación privada. Es muy interesante que el sector privado esté participando en un proyecto piloto, llamado Sistema Condominial para tendido de redes de agua potable y alcantarillado, del Programa de Agua y Saneamiento del Banco Mundial, buscando soluciones de bajo costo para usuarios pobres de barrios urbano marginales. Con el Manual de Seguimiento al Contrato de Concesión se ha logrado que el flujo de información de AISA a la Superintendencia funcione muy eficientemente. |
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