Programa sobre VIH y Desarrollo

MORIR DE PESAR:
género, violencia sexual y la epidemia del vih

Peter Gordon y Kate Crehan

 

"Mis lesiones no eran graves, pero estaba herida y no podía caminar como es debido. Todavía me pregunto, incluso hoy, si he contraído el SIDA. Nunca he visto a un médico, porque no tengo dinero".

"Es como si ahora comenzáramos una nueva vida. Nuestro pasado es tan triste. La sociedad no nos comprende... No tenemos protección contra nada. Las viudas no tenemos familia, no tenemos casa, no tenemos dinero. Nos volvemos locas. Recargamos a los demás con nuestros problemas. Somos los muertos vivos".

"Muchas mujeres pedían que las mataran durante el genocidio. Les decían que no y que "morirían de pesar".

Supervivientes del genocidio en Rwanda

 

"... mujeres y hombres, niños y niñas de todas las edades corren un riesgo sexual - en particular cuando la finalidad es eliminar a otro grupo étnico. Es asombroso cuán común es la violación de hombres y su mutilación sexual, pero de esto se habla muy poco. Los hombres pocas veces piden ayuda directa para superar esas experiencias, pero sus efectos pueden manifestarse posteriormente en estrés después de un trauma".

Long 1997, pág. 30

 

RESUMEN

UNAIDS calcula que en diciembre de 1997 había en todo el mundo 30,6 millones de personas infectadas con el VIH y que más del 70% de esas infecciones habían ocurrido debido al contacto sexual sin protección.

Se desconoce la proporción de esas infecciones que cabe atribuir de manera directa o indirecta a la violencia sexual. Sin embargo, hay pruebas de desigualdad entre los sexos o por motivo de sexo y datos sobre la distribución del VIH entre grupos y lugares específicos, así como información acerca de la índole y la envergadura de la violencia sexual (particularmente contra mujeres y niñas) que dan a entender que podría ser considerable.

Este panorama general preliminar extraído de la bibliografía disponible sugiere que, en el contexto del género y la epidemia del VIH, la violencia sexual es un fenómeno complejo con múltiples factores determinantes, consecuencias y manifestaciones.

Para que las respuestas sean eficaces es menester elaborar estrategias a corto plao claramente definidas que se adapten a cada lugar y tengan muy presentes los problemas locales para prestar servicios a las víctimas, de manera que puedan incluso recurrir a la justicia y que se castigue a los perpetradores.

Las estrategias a más largo plazo tendrán que basarse en la consideración de la índole de género y del carácter sexualizado de esta violencia y la necesidad de abordarlos a nivel de comunidades y de cultura y no de los distintos perpetradores y víctimas. Mucho se puede aprender de la experiencia acumulada de activismo en materia de política y derechos humanos, el socorro humanitario y el desarrollo económico y social relacionado con el género y la sexualidad.

 

I. DEFINICIÓN DE VIOLENCIA SEXUAL

El término "violencia sexual" suele aparecer en las publicaciones, pero su definición es tan general que se puede utilizar para describir la violación por conocidos o extraños, por personas con autoridad (incluidos los cónyuges), el incesto, el abuso sexual de menores, la pornografía, el acecho, el acoso sexual y el homicidio.

Toda definición es de por si normativa. Definir violencia sexual en sentido muy general puede reducir el debate al nivel de la retórica y entraña el peligro de ocultar la índole específicamente sexualizada de la violencia y el trauma que conlleva. Por otra parte, definir la violencia sexual en forma demasiado estrecha probablemente no llegue a revelar toda la diversidad y envergadura del problema y puede llevar a que las políticas de respuesta sean inapropiadas o ineficaces.

En su sentido más fundamental, la violencia sexual describe el uso premeditado del sexo como arma para demostrar poder sobre otro ser humano y para infligirle dolor y humillación. Por ende, la violencia no tiene que incluir el contacto físico directo entre perpetrador y víctima: amenazas, humillación e intimidación pueden considerarse sexualmente violentos cuando se utilizan para los fines antes señalados.

En determinados acuerdos y tratados internacionales (véase el anexo I) se justifica la adopción de medidas en relación con el género, la violencia sexual y la epidemia del VIH. Sin embargo, persisten grandes disparidades entre las declaraciones universales y las realidades locales.

El informe preliminar de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer

En el informe preliminar de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer (1994) se afirma que la vulnerabilidad de la mujer a la violencia va determinada por su sexualidad (que da por resultado, por ejemplo, la violación o la mutilación genital femenina), debido a sus relaciones con hombres específicos (violencia en el hogar, muertes por causa de la dote) y por ser miembros de grupos donde la violencia contra la mujer es un medio de humillación dirigido a grupos específicos (por ejemplo, la violación en masa en situaciones de conflicto).

La violencia puede estallar en cualquier etapa del ciclo biológico ("del seno materno a la tumba") y, si bien algunas formas de violencia son características de determinada región (por ejemplo, la mutilación genital femenina, la quema de novias, las pruebas de virginidad), la mayoría son universales. Las pruebas indican que mientras más pronto se produce la violencia en un ciclo biológico, más perdurables son sus efectos.

En el informe se alega que la violencia contra la mujer se ve reforzada por doctrinas sobre la intimidad y la santidad de la familia y por códigos jurídicos que vinculan el honor del individuo, la familia o la comunidad a la sexualidad de la mujer. Sin embargo, se alega que la causa fundamental de la violencia contra la mujer es la tolerancia y la inacción del gobierno. Su consecuencia más importante es el temor que inhibe la participación social y política plena de la mujer.

Desde que se preparó el informe preliminar, la Relatora Especial ha realizado visitas a dos países: Haití y Rwanda.

 

Muchas sociedades de manera implícita (o incluso explícita) toleran y aprueban una conducta sexualmente violenta en circunstancias específicas, por ejemplo, los cabezas de familia (por regla general, hombres) pueden maltratar a los demás (esposas, familiares a cargo, hijos y sirvientes) con más o menos impunidad.

Es más, si bien la violencia sexual parece ocurrir en la mayoría de las sociedades, se manifiesta de maneras muy diferentes que, a su vez, repercuten de manera significativa en las

respuestas en la forma de programación y políticas. Por ejemplo, la violación en masa de mujeres por los soldados durante una situación de conflicto difiere de la violación en masa de hombres, y los actos solitarios de violencia sexual en tiempo de paz pueden tener consecuencias muy diferentes de las de la violación cometida por conocidos o cónyuges (que todavía están muy lejos de ser reconocidas como delito penal).

 

II. ENVERGADURA DE LA VIOLENCIA SEXUAL

La violencia contra mujeres y niñas ocurre en una amplia escalam es más los actos de violencia sexual ocupan un lugar prominente. Los datos de que se dispone indican que al menos una de cada cinco mujeres de la población mundial ha sido maltratada física o sexualmente alguna vez en su vida. La violencia es una causa de muerte e incapacidad entre las mujeres en edad de procreación tan importante como el cáncer y provoca más muertes que los accidentes de tráfico y el paludismo juntos.

Existen algunos datos en relación con la violencia sexual contra hombres y niños que ponen de manifiesto la vulnerabilidad de grupos específicos de hombres y niños (por ejemplo, los que ocupan posiciones subordinadas en relación con otros hombres), en entornos específicos (las instituciones sólo para hombres, como las cárceles y las fuerzas armadas) y en contextos específicos (situaciones de conflicto). La mujer tiene más probabilidades de ser agredida en los confines de su propia familia y su hogar y es más probable que resulte lesionada, violada o muerta por una pareja íntima actual o anterior que por cualquier otra persona.

Los datos de que se dispone indican que:

  • Entre 16 y 52% de las mujeres del mundo han sido agredidas por una pareja íntima.
    • En los Estados Unidos todos los días mueren diez mujeres a manos de su pareja, mientras que 74% de esas muertes ocurren después de que la mujer ha dado por terminada la relación.
    • Un estudio de los archivos judiciales de Zimbabwe reveló que 59% de los homicidios de mujeres habían sido cometidos por la pareja íntima de la víctima. En Rusia casi la mitad del total de víctimas muertas fueron mujeres asesinadas por su pareja.
    • En Papua Nueva Guinea, 18% de las mujeres casadas de las zonas urbanas tuvo que pedir tratamiento en hospitales como resultado de la violencia en el hogar.
    • En la India, más de 20.000 mujeres fueron asesinadas o cometieron "suicido" entre 1988 y 1993, porque no pudieron cumplir las demandas de aumento de la dote.
    • En Viet Nam, la violencia fue la causa del 70% de los 22.000 divorcios registrados en 1991.
    • En las zonas rurales de China se considera que el suicidio representa 30% de los años de vida saludables perdidos y en Sri Lanka la muerte por suicidio quintuplica la tasa de defunción debida de enfermedades infecciosas.
    • En la zona urbana de Maharashtra y del Gran Mumbai, una de cada cinco muertes de mujeres con edades entre 15 y 44 años obedece a "quemaduras accidentales" y entre las más jóvenes la proporción es de una por cada cuatro.
    • Al menos 10 a 15% del total de mujeres del mundo declara haber sido obligada a tener relaciones sexuales, además una proporción considerable de víctimas de agresión sexual es menor de 15 años.

     

    III. LA VIOLENCIA SEXUAL EN SITUACIONES DE CONFLICTO

    En situaciones de conflicto, el riesgo de violencia sexual aumenta extraordinariamente, al quebrantarse el orden público, se desplazan grandes números de mujeres y niños vulnerables y no acompañados. Los hombres y los niños afrontan el peligro de ser obligados a incorporarse a los grupos de milicias. La socialización en la cultura militar, que suele mostrar el poder masculino en su forma más brutal, puede suponer violencia sexual. Es probable que proliferen los burdeles, que pueden albergar a mujeres "enemigas" en condiciones de servidumbre sexual, en zonas de combate o cerca de ellas. En muchos países, las tasas de infección con VIH son considerablemente más altas entre el personal militar que entre la población en general. La propia posibilidad real de la muerte en combate puede servir para hacer que los hombres miren con desdén la amenaza de infección con VIH que consideran muy remota.

    Las situaciones de conflicto hacen especialmente vulnerables a las mujeres y a las niñas de múltiples maneras. Los "matrimonios forzados" (más parecidos a la esclavitud sexual que a cualquier forma de unión consensual), el sexo bajo coacción y un segundo matrimonio voluntario son comunes en situaciones de conflicto donde hombres y mujeres han perdido a sus parejas. Las fuerzas enemigas pueden utilizar la violación como instrumento de terror o como símbolo de victoria. La pérdida de hogares, ingresos, familiares y apoyo social priva a las mujeres y a las niñas de la capacidad de generar ingresos, además pueden verse obligadas al sexo por transacción a fin de asegurar su vida (o la de sus esposos o hijos), a huír hacia la seguridad, o lograr el acceso a refugios o servicios (incluso a la distribución de alimentos). Los refugiados en tránsito que están sexualmente activos (por opción o por necesidad) se verán expuestos a diferentes poblaciones con diferentes grados de infección con VIH.

    Se informa de que entre 250.000 y 400.000 mujeres fueron violadas durante la guerra de 1972 por la independencia en Bangladesh. Se informaron más de ochocientas violaciones cometidas por las fuerzas de seguridad de la India contra las mujeres de Jammu y Cachemira. Hay pruebas de que en períodos concretos de la dictadura en Haití se utilizó la violación como instrumento de represión política. Se calcula que desde que comenzaron los combates en abril de 1992, entre 20.000 y 50.000 mujeres musulmanas fueron violadas en Bosnia, muchas de las cuales se mantuvieron en los denominados "campamentos de violación" donde se vieron obligadas a concebir y a parir hijos serbios en contra de su voluntad.

    En la Rwanda de antes del genocidio, las tasas de infección con VIH se estimaban en

    25% (y considerablemente superiores al 35% entre los militares). El propio conflicto creó cifras elevadas de refugiados, lo que expuso a mujeres y niñas a un nuevo riesgo y contribuyó después del genocidio a un sentido de fatalismo entre las mujeres que sobrevivieron. Si bien es cierto que algunas de las mujeres quedaron infectadas mediante la violación, nunca se sabrán con exactitud la proporción ni las cifras. Para tener una idea de la envergadura de las violaciones cometidas durante el genocidio, se calcula que todas las mujeres que sobrevivieron habían sido violadas. Algunos supervivientes informan de que sus perseguidores les dijeron que habían sido autorizados a vivir para que pudieran "morir de pesar". En una encuesta realizada entre 304 supervivientes se informó de que 35% de las mujeres habían quedado embarazadas de resultas de la violación y se calcula que entre dos y cinco mil "niños de malos recuerdos" nacieron como consecuencia de las violaciones cometidas durante el genocidio.

    Dentro de los campamentos de refugiados, el riesgo de infección puede ser aún significativo. En situaciones en que hay grandes concentraciones de hombres desempleados, traumatizados y desanimados, la violación es cosa común. Es más, es poco probable que en tales situaciones muchas mujeres tengan el "beneficio" de la protección masculina y tal vez sean más vulnerables a la agresión como resultado de ello. Probablemente recurran poco a la administración de justicia, mientras que los encargados de la responsabilidad de administrarla tal vez se vean implicados en casos de abuso. La forma en que se conciben los campamentos (destinados a los refugiados) podría involuntariamente aumentar la vulnerabilidad. Por ejemplo, las letrinas comunes, la falta de iluminación, la insensibilidad a la dinámica interna de poder entre los refugiados, la falta de protección para los que acarrean leña o agua pueden combinarse para que las mujeres y las niñas sean aún más vulnerables a la agresión.

     

    IV. FACTORES DETERMINANTES DE LA VIOLENCIA SEXUAL

    Los intentos de explicar la violencia sexual a casua de su naturaleza, biología o evolución no sólo simplifican al máximo un fenómeno complejo sino que, de hecho (si no de intención), perpetúan el problema dejando implícito que está fuera del control humano.

    La violencia sexual es un fenómeno relacionado con el género: su naturaleza y alcance reflejan las disparidades sociales, culturales y económicas preexistentes entre hombres y mujeres. La relación entre la víctima y el perpetrador pone de manifiesto diferencias de poder o luchas por conseguirlo que existen entre las personas: por ejemplo, entre los cónyuges, entre los hombres o niños de más edad y los más jóvenes, entre las trabajadoras sexuales y sus clientes o la policía, o entre miembros de determinados grupos étnicos.

    De la misma manera que la violencia sexual es el reflejo de las desigualdades por motivo de género, también refleja otras formas de desigualdad social. Lejos de ser universal, la violencia sexual tiene que ver sin duda alguna con entornos y circunstancias sociales específicos, en particular los que se caracterizan por el conflicto político y social y la alteración del orden público que puede producirse antes de que estalle; situaciones en las que las relaciones están estructuradas por jerarquías de dominio y sumisión (que se reflejan más comúnmente en las relaciones entre los sexos pero posiblemente en otras rivalidades sociales o políticas). La inmensa mayoría de los actos de violencia sexual son cometidos por hombres, ya sea contra mujeres, niños u otros hombres.

    El uso de sustancias, en particular del alcohol, en relación con la violencia sexual es yb problema complejo y multifacético. También tiene que ver con el género. Sustancias determinadas, como el alcohol, pueden afectar el comportamiento de los individuos (por ejemplo, en relación con la desinhibición o la agresión), mientras que los entornos sociales en que se consumen, por ejemplo, exclusivamente en un lugar donde sólo hay hombres, pueden de manera implícita o explícita aprobar un comportamiento sexualmente violento. Un estudio realizado en la ciudad de Nueva York reveló un ciclo dinámico y mutuamente fortalecedor de trauma y maltrato en relación con la vulnerabilidad a la violencia sexual entre las mujeres que utilizan crack.

    Sin embargo, las mujeres también pueden verse implicadas como cómplices o perpetradoras: en el seno familiar, las suegras pueden maltratar a las nueras recién casadas. Investigaciones realizadas en escuelas secundarias de Harare revelaron que 30% de los 549 alumnos habían sido objeto de abuso sexual: la mitad eran varones que informaron de abuso sexual perpetrado por mujeres. En una escala más amplia, las pruebas indican claramente la participación de mujeres (incluso maestras, periodistas, enfermeras) en el genocidio de Rwanda, ya fuera incitando a la violencia o cometiéndola, aprovechando la violencia o participando directamente en ella.

    Los hombres y los niños son también víctimas de la violencia sexual, y esto en un grado considerable en determinadas situaciones. Sin embargo, es muy probable que debido a la vergüenza y el estigma derivados de esta violencia la mayoría de estos casos ni siquiera se den a conocer. Las reacciones a la violencia sexual contra niños y hombres ponen de manifiesto también en qué medida en algunas culturas el concepto del grado de victimación y pasividad sexual se considera radicalmente incompatible con el sexo masculino y las identidades sexuales.

    Si bien siempre existe el peligro de que destacar la necesidad de considerar la victimación sexual masculina puede distraer la atención del problema más sustancial de la violencia sexual contra mujeres y niñas, eso no es necesariamente así: la interpretación más cabal de las dimensiones sexuales y específicamente relacionadas con el género de la violencia sexual sin recurrir a generalizaciones no uniformadas y a estereotipos sexuales o de género puede resultar, en última instancia, esclarecedor al abordar el problema de la violencia sexual en sentido más general.

    Violencia contra las trabajadoras sexuales

    En muchos países, la epidemia del VIH ha redundado en el aumento de la culpa y la estigmatización de las trabajadoras sexuales. Para muchas de ellas, la violencia de la policía y los clientes constituye uno de sus problemas más inmediatos.

    La Red internacional de Proyectos sobre trabajo sexual* propone la necesidad de diferenciar entre la participación consensual en la industria del sexo y la trata forzada. Las sanciones contra la prostitución pueden facilitar en la práctica la violencia contra las trabajadoras sexuales al comprometer sus derechos y credibilidad como testigos y víctimas (sobre todo entre los migrantes cuya situación legal pudiera ser incierta) y dándole más poder a la policía.

    En Hungría, la policía desbarató un proyecto de trabajo sexual que estaba logrando resultados, mientras que en Rusia constituye un problema la violencia policial contra las trabajadoras sexuales y la extorsión de que son objeto. En Papua Nueva Guinea, la violencia de la policía llegó al punto de obligar a las trabajadoras sexuales a entablar demanda contra la policía y a denunciar a determinados oficiales ante sus esposas.

    Algunos proyectos con trabajadoras sexuales están realizando campañas en favor de cambios en la legislación que les permita trabajar legalmente en condiciones de seguridad. Entre tanto los proyectos pueden ayudar a las trabajadoras sexuales a determinar personas, situaciones y lugares potencialmente peligrosos. Por ejemplo, se creó el proyecto "quítale la careta", proceso en el cual las trabajadoras sexuales intercambian y difunden información sobre clientes violentos o que no cooperan.

    Los vínculos entre la policía y las trabajadoras sexuales pueden producir niveles más altos de información sobre delitos de violencia contra las trabajadoras sexuales y puede ayudar a dar respuesta a preocupaciones locales acerca del funcionamiento de la industria del trabajo sexual.

    La Red de proyectos de trabajo sexual (NSWP) abarca a trabajadoras sexuales y a organizaciones que trabajan con ellas en más de 40 países diferentes. Cuentan con dos secretarías, una en Londres y otra en Río de Janeiro (Brasil)

     

    La información obtenida de estudios antropológicos realizados en distintas culturas indican que la agresión y la violencia sexual de los hombres no son biológicamente inevitables, sino que más bien ocurren cuando:

    "... se asocia la masculinidad con la agresión y la conquista sexual, el comportamiento y la violencia sexual con fines de dominación se convierten no sólo en un medio de estructurar relaciones de poder entre hombres y mujeres, sino también de establecer relaciones de poder entre los hombres".

    (Leise, 1995, pág. 130)

    O para utilizar la expresión empleada en el informe de la Reunión del grupo de expertos de la UNESCO sobre los papeles masculinos y la masculinidad en la perspectiva de una cultura de paz:

    "... las diferencias biológicas son diferencias biológicas, mientras que las modalidades sociales de la violencia requieren explicaciones sociales y soluciones sociales".

    El poder no está distribuido parejamente entre las personas, sino de acuerdo con diferencias sociales específicas: por ejemplo, género, clase, procedencia étnica, casta y religión. Los resentimientos que se derivan de estas diferencias (reales o percibidas) pueden utilizarse para justificar la violencia.

     

    V. CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA SEXUAL

    Además de las consecuencias psicológicas y emocionales de la violencia sexual, las sobrevivientes pueden sufrir daños físicos, tener un embarazo indeseado y enfermedades de transmisión sexual. La posibilidad de transmisión del VIH puede verse facilitada por los daños en los órganos genitales. En un estudio realizado en Mumbai se llegó a la conclusión de que el 20% del total de embarazos entre las adolescentes que pretendían abortar había ocurrido como resultado de relaciones sexuales forzadas, mientras que en Tailandia se informó de que una de cada diez víctimas de violaciones había sido infectada con alguna enfermedad de transmisión sexual.

    Tal vez sea más fácil enumerar las consecuencias físicas de la violencia sexual que los daños psicológicos, emocionales o espirituales que pueden derivarse de ella y que pueden ser devastadores. Reconociendo que el trauma derivado de la violencia sexual puede llegar a durar años, se ha llegado a calificar de "síndrome del trauma de violación" a un conjunto de síntomas que no están relacionados directamente con los daños físicos sufridos en el momento de la agresión y que describen una forma devastadora de trastorno de estrés posterior al trauma (diagnosticado por primera vez entre los veteranos combatientes de las fuerzas armadas).

    Las consecuencias de la revelación de haber sido víctima de violación sexual pueden ser desastrosas y pueden abarcar el rechazo, la "muerte social" y más violencia.

    Las consecuencias de situaciones de violencia en masa no desaparecen después del conflicto. Los sobrevivientes, las comunidades y la sociedad en general cargan con ellas (a menudo en silencio y avergonzados). La curación de ese trauma no ocurre espontáneamente, sino que tiene que ser facilitada mediante la prestación de servicios de salud y bienestar social para los sobrevivientes teniendo en cuenta esta circunstancia y por medio de mecanismos colectivos que sean testigos y persigan la justicia por lo que se hizo4.

    Obstáculos a la justicia

    Por regla general se reconoce que la vergüenza y el estigma relacionados con la experiencia de la violación, además de los obstáculos supuestos o reales en cada etapa de un proceso judicial, dan por resultado que no lleguen a notificarse todos los casos de violación y agresión sexual.

    Se puede llegar a hacer creer a las víctimas de esa violencia que tienen cierto grado de responsabilidad por "provocar" el ataque, o de culpa por no haberse podido defender a si mismas. Y es que cierto tipo de violencia llega a considerarse prácticamente inevitable. Por ejemplo, los trabajadores sexuales que dependen de un contexto específico y de las condiciones en que trabajan, pueden ser concretamente vulnerables a la violencia ya sea de sus clientes, administradores o de la policía y es poco probable que sean escuchados con simpatía o que logren que se haga justicia.

    Las víctimas pueden sentir un temor plenamente justificado a la represalia o bien reconocer hasta que punto muchas sociedades toleran y aprueban esa violencia.

    La violencia contra las minorías sexuales

    En muchos países, los homosexuales y otros hombres que tienen relaciones sexuales con hombres, las lesbianas y los transexuales enfrentan amenazas importantes de violencia (sexual o de otra índole) en su vida diaria que no sólo les priva de sus derechos humanos básicos sino que agudizan su vulnerabilidad a la infección con VIH. En algunos Estados el consentimiento de actividad sexual entre adultos del mismo género en privado sigue siendo un delito penal, mientras que los activistas del VIH/SIDA pueden verse amenazados, golpeados y asesinados con impunidad en ciertos países.

    Por ejemplo:

  • En el Ecuador durante un allanamiento en un bar de homosexuales un grupo de hombres resultó detenido y uno de ellos fue violado dos veces por otros reclusos mientras se encontraba bajo custodia policial.
  • En Jamaica los guardias de una cárcel hicieron huelga para protestar por los planes de distribuir condones en la cárcel. En la violencia que siguió, achacada a la deducción de que había relaciones sexuales entre hombres, 16 personas resultaron muertas, muchas de ellas debido a que se supuso que eran homosexuales.
  • En Turquía, la policía entabló juicio por agresión contra el ganador de un premio de derechos humanos cuando señalaba a la atención el acoso sistemático de que es objeto la comunidad de travestis y transexuales de Estambul.
  • En Guatemala, el asesinato de tres trabajadores sexuales travestis en 1997 aumentó la invisibilidad social de otros miembros de esta comunidad, lo que hizo que este grupo de por si sumamente vulnerable tuviera menos acceso a las iniciativas y al apoyo relacionados con el VIH.
  • En Zimbabwe, país devastado por la epidemia de VIH, la homofobia produce un aislamiento social serio y temor entre los homosexuales a tal punto que las actividades relacionadas con el VIH no les benefician.
  • En la Argentina, los travestis son detenidos por vestirse con ropas que no les corresponde y son obligados a pasar la prueba del VIH bajo amenaza de ser acusados de intento de homicidio. Los activistas informan de que las mujeres transexuales son detenidas y agredidas por la policía simplemente por su identidad sexual. Cuando se encuentran en custodia, algunas han sido agredidas sexualmente.
  • Las organizaciones no gubernamentales, locales e internacionales, desempeñan una función decisiva en lo que respecta a "ser testigos" de semejante violencia. Amnistía Internacional ha aumentado la atención que presta a las violaciones de los derechos humanos contra las minorías sexuales, mientras que la Comisión Internacional de Derechos Humanos de Homosexuales y Lesbianas (IGLHRC) vigila las violaciones de los derechos humanos de las minorías sexuales y ha ampliado su competencia para analizar la situación relacionada con el VIH.

    Puede considerarse que una acusación de violación arroja dudas respecto del carácter de una mujer (o de la persona responsable de ella), mientras que la agresión puede considerarse como algo que compete tanto al marido como al honor de una familia o una comunidad, y a la misma persona. Por ejemplo, según las leyes islámicas, antes de condenar y dictar sentencia con el castigo más severo por violación tienen que prestar declaración como testigos cuatro hombres musulmanes. En la Ley sobre medios de prueba se considera a la mujer incompetente como testigo en casos de violación y sólo concede a sus declaraciones el carácter de prueba corroborante.

     

    VI. LABOR FUTURA

    No hay motivo para pensar que algún programa concreto orientado al VIH podrá resolver problemas que han puesto en aprietos a los organismos de desarrollo durante decenios.

    La experiencia internacional demuestra, no obstante, que hay políticas y estrategias que pueden reducir o mitigar los efectos de la violencia sexual, entre ellas figura la actividad de fortalecimiento mutuo realizada en los planos local, nacional e internacional.

    Prevención

    La violencia sexual rara vez es casual. Hay manera de predecir quienes son los posibles perpetradores y las posibles víctimas. Por ende se pueden realizar actividades de prevención.

    La prevención de la violencia sexual requerirá un cambio en la cultura en lo que se refiere a las expectativas de las funciones relacionadas con el género, los mecanismos aceptables para la solución de conflictos y la inadmisibilidad de la violencia.

    Para ello será menester trabajar con los niños para que no acepten los estereotipos de género (por ejemplo, agresión masculina y pasividad femenina) y promover la capacidad de resolver los conflictos por medios no violentos. Paralelamente se podría trabajar con los padres para crear la capacidad de resolver los problemas de crianza y de conflicto por medios no violentos. Esto tal vez requiera sensibilizar aún más y promover la labor de defensa de los intereses en los mecanismos de las comunidades, entre los dirigentes y los organismos locales para alentar la inadmisibilidad de la violencia sexual y la adopción de sanciones sociales apropiadas contra quienes cometan tales actos.

    Ciertas instituciones pueden estar muy vinculadas con las "culturas de violencia" y sus miembros tal vez figuren entre los que cometen violencia sexual. De ahí que sea menester orientar la labor a determinados grupos a fin de sensibilizar a las fuerzas armadas, la policía y el personal de seguridad o a los reclusos y al personal de centros de custodia.

    Hay que conocer mejor las relaciones existentes entre los factores determinantes estructurales de la violencia sexual y el desarrollo. Es muy probable que las mismas actividades que abordan la desigualdad entre los sexos (incluida la educación de las niñas y el acceso de las mujeres a los recursos, en particular el crédito), la pobreza y los medios de vida sostenibles, y promueven la participación de la sociedad civil y la buena gestión de los asuntos públicos propicien también la prevención de la violencia sexual.

    Necesidades de los sobrevivientes

    Hay que establecer mecanismos idóneos y sostenibles para abordar las necesidades en materia de salud mental y física de los sobrevivientes de la violencia sexual, por ejemplo, establecer centros para tratar crisis debidas a violaciones y teléfonos directos de ayuda, servicios de salud, refugios y albergues. El personal médico y de bienestar social tendrá que recibir capacitación para el reconocimiento y tratamiento del síndrome del trauma de violación y adquirir la capacidad de comunicación y asesoramiento necesaria para apoyar a las víctimas de la violencia sexual.

    En Rwanda, la OMS colabora con la División de Actividades de Emergencia y Humanitarias y se encarga de las necesidades específicas de las mujeres y niñas afectadas por la violencia. La finalidad del proyecto es aumentar el acceso a los servicios de salud mediante la capacitación de los trabajadores de la salud y establecer una red nacional de asistencia sanitaria y psicosocial para la mujer. Se ha creado una carpeta de materiales de capacitación para instruir acerca del cuidado y el apoyo a la mujer afectada por la violencia que se ha de utilizar en otros países con situaciones de conflicto o que han salido de conflictos.

    Cumplimiento de la ley y proceso judicial

    Dados la poca información de casos que se registra y los obstáculos que pueden existir en el proceso judicial, se podría establecer como tarea prioritaria la capacitación de los oficiales encargados de hacer cumplir la ley, los de custodia y los funcionarios del poder judicial. En particular, las actitudes negativas y desfavorables de los oficiales de la policía que atienden casos de violación sexual son un factor de disuasión considerable a la notificación de casos y hacen esencial la capacitación de estos oficiales. Posiblemente los sobrevivientes de la violencia sexual necesiten también ser instruidos sobre sus derechos jurídicos.

    Se han logrado buenos resultados con el establecimiento de grupos de investigación de violaciones integrados totalmente por mujeres en Malasia y de "albergues para violadas" (en el Reino Unido y los Estados Unidos) cuya finalidad es proporcionar un entorno que preste todo el apoyo y la seguridad posibles.

    El éxito de las estaciones de policía donde sólo hay mujeres en algunos países latinoamericanos ha sido desigual Pese a que han alentado sin duda alguna a un mayor número de mujeres a denunciar las agresiones, en ocasiones se han visto abrumadas por demandas aún más amplias de bienestar social a las que no pueden atender. Es posible que el trabajo en esas condiciones esté mal reconocido dentro de una cultural policial machista y pueda terminar por quitar motivación y desmoralizar al personal.

    En Sudáfrica, el establecimiento de tribunales especializados en delitos sexuales con personal profesional nacional especialmente adiestrado aumento el porcentaje de condena en aproximadamente 20% más que otros tribunales. Se consideraron necesarias también la educación en materia de derechos jurídicos y la prestación de servicios jurídicos a los sobrevivientes de la violencia.

    Situaciones de conflicto

    Hay que reconocer que la violencia sexual es un peligro real importante en situaciones de conflicto y siempre que sea posible proporcionar un tránsito en condiciones de seguridad a las mujeres y los niños no protegidos, y atribuir prioridad al reasentamiento en lugares más seguros de quienes sean especialmente vulnerables a la agresión.

    Cabe la posibilidad de prever incidentes de violencia sexual en situaciones de conflicto, al diseñar los campamentos (a fin de evitar una mayor vulnerabilidad de sus habitantes) y los servicios que se presten en ellos (incluida la seguridad y el cumplimiento de la ley).

    La capacitación del personal de los servicios sociales y de salud de los campamentos de refugiados les permitiría atender necesidades concretas de quienes han sido agredidos: incluso hacer pruebas de embarazo, dar tratamiento contra las ETS y consejos.

    La reintegración social de las víctimas se podría lograr mediante actividades de defensa de sus intereses ante los dirigentes de las comunidades. Los sobrevivientes podrían disponer de lugares seguros donde poder hablar confidencialemente.

    En situaciones de conflicto y con posterioridad a ellas, además de la necesidad de supervisar y notificar las violaciones de los derechos humanos, tal vez sea menester entablar procesos judiciales para enjuiciar a los culpables. Tal vez sea necesario también crear mecanismos que estén destinados explícitamente a "testificar" y a contribuir a la reconciliación y la reconstrucción de la sociedad civil.

    Sinamandla okumvimbela, Re ya mamella
    El poder de la resistencia - Prevención de la violencia sexual en Sudáfrica

    En Sudáfrica está en marcha un proyecto innovador encaminado a estudiar la posibilidad de abordar una "cultura de la violencia sexual" omnipresente que ha sentado raíces en muchos asentamientos durante años de inestabilidad económica y política.

    Como parte del proceso general de desarrollo y reconstrucción del país, se pidió a los residentes locales de algunos asentamientos que definieran una visión de su comunidad. Muchos dieron la máxima prioridad a la seguridad como cuestión decisiva reflejada en el hecho de que, durante un período de doce meses, tres de cada diez mujeres de todo un gobierno municipal, incluidos los asentamientos rurales y urbanos, habían notificado haber experimentado una forma grave de violación sexual (aunque las agresiones más lascivas con toda probabilidad nunca se notificaron).

    En este proyecto de participación (emprendido por CIET Africa en colaboración con el Consejo Municipal Metropolitano Meridional y financiado por el Centro Canadiense de Investigaciones Internacionales sobre el Desarrollo, no sólo está aportando documentación sobre el alcance del comportamiento sexualmente violento, sino que contribuye a su prevención primaria identificando los factores concretos de "resistencia" entre el gran número de hombres que no son sexualmente violentos.

     

    Participación de las organizaciones no gubernamentales

    Corresponde al sector no gubernamental una función importantísima en el tratamiento de la cuestión de la violencia sexual. Por ejemplo, a nivel de comunidades, las organizaciones de base de las comunidades y las organizaciones no gubernamentales pueden estudiar la posibilidad de plantear el alcance del problema. Pueden crear y llevar a la práctica actividades educativas y de defensa de los intereses de grupos específicos.

    Las preocupaciones relacionadas con la violencia y con su prevención y la mitigación de las consecuencias pueden integrarse en actividades de desarrollo en marcha, por ejemplo, las relacionadas con los derechos humanos, el ejercicio de gobierno, el género, los medios de vida sostenibles, el bienestar social y la salud, la microfinanciación y el crédito.

    A nivel nacional, las actividades de defensa de los intereses pueden ser necesarias para crear conciencia respecto del problema, señalar los obstáculos que se interponen en el proceso de administración de justicia, incluso el examen de la legislación vigente y la introducción de nuevas leyes o políticas judiciales.

    Tanto a nivel nacional como a nivel internacional, las organizaciones no gubernamentales tienen que desempeñar una función fundamental en cuanto a la vigilancia y la notificación de casos de violencia sexual como violaciones de los derechos humanos, promoviendo enérgicamente los derechos de las víctimas y el enjuiciamiento de los delincuentes, y recordando a los gobiernos y a los organismos internacionales sus responsabilidades en el contexto de las políticas y las cartas de las Naciones Unidas 5, y los planes de acción de las conferencias internacionales pertinentes.

    Organismos internacionales

    En el contexto de las Naciones Unidas, la conceptualización de la violencia sexual contra las mujeres en situaciones de conflicto ha ido evolucionando hacia el reconocimiento de la violencia sexual como violación de los derechos humanos internacionales (véanse anexos 1 y 2).

    El conflicto en la ex Yugoslavia puso de manifiesto la envergadura de las atrocidades sexuales que pueden ocurrir en un conflicto armado. La violencia sexual fue una de las características prominentes también del genocidio en Rwanda. Hasta la fecha los tribunales establecidos para enjuiciar a los criminales en cada situación han tenido poco éxito.

    En el caso del tribunal para Yugoslavia, se fortaleció su capacidad para tratar casos de violencia sexual mediante un conjunto concreto de medidas, entre ellas, el nombramiento de un especialista en género y el establecimiento de un grupo concreto encargado de investigar la violencia sexual, y con la adopción de medidas para apoyar a las víctimas y a los testigos, incluido el establecimiento de una Dependencia

    para las Victimas y los Testigos. La falta de medidas de protección de esa índole en el caso del tribunal de Rwanda parece haber interpuesto serios obstáculos a su capacidad para emprender con éxito los juicios por violencia sexual. En julio de 1998 la comunidad internacional finalmente llegó a acuerdo sobre el establecimiento de una corte penal internacional

    Será importante velar por que su mandato contemple explícitamente la violencia sexual.

    Derechos humanos internacionales

    Las actividades concertadas de defensa de los intereses dio por resultado que en, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena), organizada por las Naciones Unidas en 1993, se reconociera la violencia contra la mujer como cuestión de derechos humanos. Al año siguiente, la Comisión de Derechos Humanos nombró una Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer (véase el recuadro que figura en la página 2).

    En la Segunda Consulta Internacional sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos, convocada en 1996 por UNAIDS y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, se elaboró un conjunto de doce directrices para los Estados miembros a fin de que prestaran asistencia en la elaboración de políticas y programas de protección y promoción de los derechos humanos en el contexto de la epidemia del VIH/SIDA (véase el anexo 2) .

    A fin de facilitar la utilización de esas directrices, el Consejo Internacional de Organizaciones de Servicios sobre el SIDA (ICASO) ha elaborado una Guía de Defensa junto con un Resumen de las Directrices Internacionales para las organizaciones no gubernamentales.

    UNAIDS ha producido una Guía sobre los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas para las organizaciones de servicios sobre el SIDA, las personas que viven con VIH/SIDA y otras personas que trabajan en la esfera del VIH/SIDA y los derechos humanos. La Guía es un mecanismo amplio de consulta para ayudar a esos grupos a tener acceso a los organismos de las Naciones Unidas encargados de los derechos humanos y a que se desempeñen como activistas importantes que aseguren que el VIH/SIDA se mantenga en los programas de esos órganos. La Guía contiene los textos de instrumentos internacionales importantes, entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño.


    Anexo I
    La violencia sexual - Conferencias y convenios internacionales

    En la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer se reconoció que la violencia contra la mujer era un problema de derechos humanos, tema reexaminado y reforzado en conferencias y reuniones internacionales subsiguientes:

    • Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993 (Viena)
    • Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de 1994 (El Cairo)
    • Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social de 1995 (Copenhague)
    • Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la Igualdad, Desarrollo y Paz de 1995 (Beijing)
    • Congreso sobre el Delito de 1995 (El Cairo)
    • Segunda Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos de 1996 (Estambul).

    En la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993, se reconoce que la violencia contra la mujer ocurre tanto en la familia como en la comunidad en general y que puede ser perpetrada y sancionada por el Estado. En la Declaración se define el maltrato por motivo de sexo como sigue:

    "Todo acto de violencia basado en el género que dé por resultado, o pudiera dar por resultado, daños o sufrimientos físicos, sexuales o psicológicos a la mujer, incluso la amenaza de esos actos, la coerción o la privación arbitraria de libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o la privada".

    La definición continúa distinguiendo entre la violencia física, sexual y psicológica en el sentido de que:

    • ocurre en la familia, incluso la golpiza; el abuso sexual de las niñas en el hogar; la violencia relacionada con la dote; la violación marital; la mutilación genital femenina, y otras prácticas tradicionales peligrosas para la mujer, la violencia no conyugal; y la violencia relacionada con la explotación;
    • ocurre en la comunidad en general, incluida la violación; el abuso sexual, el acoso sexual y la intimidación en el trabajo, en las instituciones docentes y en otros lugares; la trata de mujeres y la prostitución forzada;
    • es perpetrada o sancionada por el Estado dondequiera que ocurre.

    La Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993 sentó los fundamentos generales de la eliminación de la violencia contra la mujer, incluso se llegó a nombrar posteriormente a la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer. En la 49ª Asamblea Mundial de la Salud, celebrada en 1996, se reconoció que la violencia era un prioridad de salud pública y se respaldaron las recomendaciones de conferencias internacionales anteriores para abordar el problema de la violencia contra la mujer y las niñas, y tratar sus consecuencias para la salud.


    Anexo 2
    Directrices internacionales en relación con el VIH/SIDA y los derechos humanos

    1. Los Estados establecerán un marco nacional eficaz para su respuesta al VIH/SIDA que asegure un enfoque coordinador, que promueva la participación, transparente y responsable, para integrar las responsablidades en materia de políticas y programas sobre el VIH/SIDA en todas las ramas del gobierno.
    2. Los Estados garantizarán, por medio del apoyo político y financiero, que en todas las etapas del planeamiento de la política y la ejecución y evaluación de los programas sobre el VIH/SIDA se consulte a las comunidades y que las organizaciones comunitarias tengan la posibilidad de llevar a cabo con eficacia sus actividades, incluidas las que atañen a la ética, el derecho y los derechos humanos.
    3. Los Estados examinarán y reformarán las leyes sobre salud pública para asegurarse de que las cuestiones de salud pública planteadas por el VIH/SIDA se aborden como es debido, de que sus disposiciones aplicables a las enfermedades de transmisión sexual no se apliquen indebidamente al VIH/SIDA y de que sean compatibles con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
    4. Los Estados examinarán y reformarán las leyes penales y los sistemas correccionales para asegurarse de que estén en consonancia con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y no se utilicen erróneamente en el contexto del VIH/SIDA o se dirijan contra grupos vulnerables.
    5. Los Estados promulgarán o fortalecerán las leyes contra la discriminación u otras leyes de protección que amparen a grupos vulnerables, a personas que vivan con el VIH/SIDA y a personas con discapacidades de la discriminación en los sectores público y privado, aseguren la privacidad, confidencialidad y la ética en las investigaciones en las que participen seres humanos, pongan de relieve la educación y la conciliación y prevean recursos administrativos y civiles eficaces y con prontitud.
    6. Los Estados promulgarán una legislación que prevea la regulación de los bienes, los servicios y la información relacionados con el VIH, con miras a asegurar que se disponga en todas pares de medidas y servicios de prevención de calidad, suficiente información sobre la prevención y el cuidado del VIH y de medicamentos eficaces a un precio asequible.
    7. Los Estados establecerán servicios de apoyo jurídico que eduquen a las personas afectadas por el VIH/SIDA acerca de sus derechos y prestarán apoyo a estos servicios; proporcionarán servicios jurídicos gratuitos para hacer cumplir esos derechos; ampliarán la competencia en cuestiones jurídicas relacionadas con el VIH y utilizarán, además de los tribunales, medios de protección como oficinas de ministerios de justicia, defensores del pueblo, dependencias de reclamaciones sobre salud y comisiones de derechos humanos.
    8. Los Estados, en colaboración con las comunidades y por medio de ellas, promoverán un entorno propicio y de apoyo a las mujeres, los niños y otros grupos vulnerables encarando los prejuicios y las desigualdades fundamentales por medio del diálogo con las comunidades con los ojos puestos sobre todo en los servicios sociales y de salud y mediante el apoyo a los grupos comunitarios.
    9. Los Estados promoverán la distribución general y permanente de programas creativos de educación, capacitación y para los medios de información destinados explícitamente a cambiar las actitudes de discriminación y estigmatización en relación con el VIH/SIDA a una de comprensión y aceptación.
    10. Los Estados velarán por que el gobierno y el sector privado elaboren códigos de conducta sobre cuestiones relacionadas con el VIH/SIDA que conviertan a los principios de derechos humanos en códigos de responsabilidad y práctica profesionales y establecerán los mecanismos apropiados para poner en práctica y hacer cumplir esos códigos.
    11. Los Estados se encargarán de establecer mecanismos de vigilancia y cumplimiento para garantizar la protección de los derechos humanos relacionados con el VIH/SIDA, incluidos los de las personas que viven con el VIH/SIDA, sus familias y comunidades.
    12. Los Estados cooperarán por medio de todos los programas y organismos del sistema de las Naciones Unidas, incluido UNAIDS, en el intercambio de conocimientos y experiencias relacionados con cuestiones de derechos humanos que atañen al VIH/SIDA y se asegurarán de que existan mecanismos eficaces de protección de los derechos humanos en el contexto del VIH/SIDA a nivel internacional.

    Nota: Las presentes directrices se redactaron durante la Segunda Consulta Internacional sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos, organizada por UNAIDS y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ginebra, septiembre de 1996.


    Notas:

    1. Por ejemplo, en muchos códigos jurídicos se define la violación exclusivamente como penetración del pene en la vagina. De hecho, esto reduce otros tipos de penetración (y a las víctimas masculinas) a la condición de delitos leves.

    2 Este es probablemente el caso especial en situaciones en que los trabajadores migratorios son contratados como empleados del servicio doméstico y su situación legal en el país depende totalmente de que continúen empleados. Estas condiciones pueden ser prácticamente una licencia para el maltrato. Los organismos inernacionales de derechos humanos han aportado pruebas sobre muchos de esos casos.

    3 Pese a que los delitos sexuales se han calificado de crímenes de guerra desde el decenio de 1940, no fue hasta 1995 que se reconoció específicamente que la violación era un crimen de guerra definido y enjuiciable. Enloe (1998) distingue entre 3 diferentes tipos de violación militar institucional: la recreativa (se parte del supuesto de que los soldados necesitan constante acceso a los mercados sexuales) y la violación en masa como instrumento de guerra abierta. Cynthia Enloe "Does Khaki Still Become You: The Militarisation of Women´s Lives, edición revisada, Berkeley; Universidad de California Press, de próxima publicación 1998.

    4. Por ejemplo, la Comisión de la Verdad y la Reconciliación de Sudáfrica y los tribunales internacionales para la ex Yugoslavia y Rwanda.

    5. En reconocimiento del alcance de las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales , la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y UNAIDS han producido conjuntamente las Directrices Internacionales en relación con el VIH/SIDA y los derechos humanos.


    Materiales de consulta y lecturas recomendadas

    African Rights. Rwanda Not So Innocent. When Women Become Killers. Londres, 1995.

    Africa Watch/Women´s Rights Project. Seeking Refuge, Finding Terror. The Widespread Rape of Somali Women Refugees in North Eastern Kenya. Vol. 5, No. 13. Nueva York. 13 de octubre de 1993.

    Amnistía Internacional. Reino Unido. Breaking the Silence. Human Rights Violations Based on Sexual Orientation. Londres, 1997.

    Ana María Brasileiro (ed). Women Against Violence. Breaking the Silence. Fondo de las Naciones Unidas para el Adelanto de la Mujer (UNIFEM). Nueva York, 1997.

    Lori R. Heise con Jacqueline Pitanguy y Adrienne Germain. Violence Against Women. Documentos de análisis del Banco Mundial (255). Banco Mundial. Washington, D. C. 1994.

    Lori L. Heise. "Violence, Sexuality and Women´s Lives." In Concerning Sexuality: Approaches to Sex Research in a Post-Modern World. Richard G. Parker, Hohn H. Gagnon (eds.) Routledge, Londres, 1995, págs 109 a 143.

    Human Rights Watch/National Coalition for Haitian Refugees. Rape in Haiti. A Weapon of Terror. Vol.6, No.8, Nueva York, julio de 1994.

    Human Rights Watch/Africa/Human Rights Watch Women´s Rights Project. Violence Against Women in South Africa. State Response to Domestic Violence and Rape. Human Rights Watch. 1995

    Human Rights Watch/Africa/Human Rights Watch Women´s Rights Project/Federación Internacional de Asociaciones de Derechos Humanos. Shattered Lives. Sexual Violence During the Rwandan Genocide and its Aftermath. Human Rights Watch. 1996.

    Consejo Internacional de Organizaciones de Servicios contra el SIDA (ICASO). Resumen de las organizaciones no gubernamentales/Guía para los activistas sobre las Directrices internacionales en relación con el VIH/SIDA y los Derechos Humanos.

    Federación Internacional de Planificación de la Familia. Violence Against women and Women´s Human Rights. IPPF Discussion Paper. Issue 2. Londres.

    Lynellyn D. Long. Refugee Women, Violence and HIV. In Sexual Cultures and Migration in the Era of AIDS (Gilbert Herdt ed.) Oxford: Clarendon Press 1997, págs. 87 a 103.

    Informe preliminar de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Sra. Radhika Coomaraswamy, de conformidad con la resolución 1994/45 de la Comisión de Derechos Humanos. Sexual Health Exchange. Sexual and Physical Abuse. 1998/1.

    UNAIDS. Refugees and AIDS: UNAIDS Technical Update (UNAIDS Best Practice Collection: Technical Update). Ginebra: UNAIDS, septiembre de 1997.

    UNAIDS. The UNAIDS Guide to the United Nations Human Rights Machinery for AIDS service organizations, people living with AIDS.

    UNESCO. Informe de la Reunión del grupo de expertos sobre papeles masculinos y la masculinidad en la perspectíva de una cultura de paz. UNESCO. París, 1997.

    ACNUR. Sex violence against refugees: Guidelines on prevention and response. Ginebra: ACNUR, 1995.

    Naciones Unidas. División para el Adelanto de la Mujer. Sexual Violence and Armed Conflict. United Nations Response. Women 2000, abril de 1998.

    Women´s Health and Development. Violence against women. A priority health issue. Family and Reproductive Health. Organización Mundial de la Salud. Ginebra, 1997.


    Reconocimientos

    El presente documento debe considerarse más propiamente como un proyecto en marcha. Presenta algunas deficiencias. No obstante confiamos en que se vean compensadas, al menos en parte, por la finalidad fundamental del documento que es crear conciencia respecto de esta importantísima pero desatendida cuestión.

    El presente documento ha sido objeto de constante revisión teniendo en cuenta las observaciones y los señalamientos hechos por muchas personas. Es imposible nombrarlas a todas, pero hay que agradecer en particular a Ewan Armstrong y a los colegas del Programa sobre el VIH y el Desarrollo del PNUD quienes leyeron y formularon observaciones a varias versiones anteriores del documento.


    Cita recomendada: Gordon, P., Crehan.K. (1999). Morir de pesar: Género, violencia sexual y la epidemia del VIH, El género y la epidemia del VIH, Nueva York, Programa del PNUD sobre el VIH y el Desarrollo.


    Acerca de los autores

    Peter Gordon ha trabajado durante años en la esfera del VIH, la sexualidad y el desarrollo. Actualmente es Asesor de programas del Programa sobre el VIH y el Desarrollo del PNUD.

    Kate Crehan es antropóloga con amplia experiencia en Zambia. Actualmente es profesora del Instituto Superior de Staten Island, Universidad de la Ciudad de Nueva York.